La Asociación Argentina de Juristas, Rama de la Asociación Americana de Juristas en la Argentina, apoya la decisión del Colegio de Abogados de Rosario que suspendiera preventivamente de la matrícula a Daniel Amelong, condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado.
La Asociación apoya la investigación y castigo de los delitos de lesa humanidad cometidos por la dictadura cívico militar; máxime si sus autores fueren hombres de derecho, abogados, magistrados o funcionarios judiciales. El abogado tiene deberes calificados frente a la sociedad, entre ellos su compromiso ineludible con la defensa de las instituciones de la república, con las garantías de la democracia y con los derechos humanos; se trata de una obligación asignada por ley en virtud de la especificidad de su función. Compromiso, por otra parte, arraigado en la Constitución Nacional, en los Tratados de Derechos Humanos que de ella forman parte, en las leyes que regulan el ejercicio profesional y en las normas de ética que rigen su accionar.
Con el claro objetivo de defender tan elevados valores que la humanidad ha escogido como sustento del Derecho Internacional Imperativo, la Asociación Argentina de Juristas aplaude la determinación del Colegio de Abogados de Rosario de retirar la matrícula al abogado Daniel Amelong condenado por los delitos más aberrantes reprochados por el Derecho Internacional.
Nos preocupa la decisión de la Cámara de Apelaciones de Rosario en cuanto invalidara por razones formales, tan acertada decisión. De esta forma se desvaloriza la trascendencia de aquellas normas con que la humanidad decidió protegerse del horror y brindar un ejemplo para que las generaciones venideras pudieran evitar su repetición.
Que a Daniel Amelog se le habilite a ejercer la abogacía, ofende a la memoria social y a sus víctimas a quienes el Estado se encuentra obligado a rendir homenaje. El maestro Germán Bidart Campos solía recordar que no todas las normas tienen el mismo valor, debiendo el juez interpretarlas de modo de que se puedan aplicar en armonía. La armonización, en este caso, sólo es concebible si se concilia con el interés general en el caso concreto: El horror padecido por nuestro pueblo que busca ser reparado, evitando que un condenado por Delitos de Lesa Humanidad, por sentencia no firme, sea habilitado para ejercer la abogacía, que tiene por función lo contrario; sería tan grave como devolver el arma homicida basándose en la presunción de inocencia como principio prevalecedor de un inexistente conflicto normativo.
Los Colegios de Abogados tienen el deber de velar por la idoneidad moral de sus integrantes para la función. Es de esperar que el Poder Judicial haga prevalecer los principios enunciados. El plexo normativo, la Memoria Social y el recuerdo de los Abogados Víctimas del Terrorismo de Estado, así nos lo demandan.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de enero de 2.012.
Beinusz Szmukler - Presidente del Consejo Consultivo Continental AAJ
Ernesto Moreau - Presidente Rama Argentina
Carlos M. Vilas - Vice-presidente Rama Argentina
Claudia V. Rocca - Secretaria
María Cristina Hammermuller -Tesorera
Rosana Actis - Secretaria de Prensa