domingo, 31 de julio de 2011

DECLARACION DE LA A.A.J. - RAMA ARGENTINA SOBRE LOS CRIMENES Y LA REPRESIÓN EN JUJUY - ARGENTINA

Ante la vandálica e injustificable acción policial que provocó la muerte de 4 personas y una treintena de heridos, algunos de gravedad, en Ledesma, Jujuy, la Asociación Argentina de Juristas, Rama Nacional de la Asociación Americana de Juristas (ONG con estatuto consultivo de las Naciones Unidas) expresa su más enérgica condena. Y:

  1. Reclama una profunda investigación imparcial que determine las responsabilidades de los autores materiales e intelectuales, en especial de las autoridades policiales y gubernativas provinciales en todos sus niveles, todos los cuales deben ser juzgados con las garantías y el máximo rigor de la ley.
  2. Insta la promoción del juicio político para la remoción de su cargo, de los jueces intervinientes que han privilegiado el derecho de propiedad por sobre la vida e integridad física de quienes reclaman su derecho constitucional a la vivienda.
  3. Requiere el examen de la conducta de los dueños y funcionarios de la empresa propietaria de las tierras, las que deben expropiarse, y entregarse a las familias desalojadas para la construcción de sus viviendas.

Buenos Aires, 29 de Julio de 2011.


Beinusz Szmukler - Presidente del Consejo Consultivo Continental

Ernesto Moreau - Presidente Rama Argentina.

Carlos M. Vilas - Vice-presidente Rama Argentina

Claudia Rocca - Secretaria General

Cristina Hammermuller - Tesorera

Rosana Actis - Secretaria de Prensa

miércoles, 20 de julio de 2011

Informe y participación de la A.A.J. en la 55° sesión Comisión sobre el Status de la Mujer (CSW 55 Nueva York 2011)


La quincuagésima quinta sesión de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW 55) tuvo lugar en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York desde el 22 de febrero al 4 de marzo de 2011. A la sesión asistieron representantes de los Estados Miembros, entidades de la ONU y organizaciones no gubernamentales de todas las regiones del mundo, entre ellos la Asociación Americana de Juristas (AAJ) representada por su Presidenta Vanessa Ramos, quien delegó en Silvia Contrafatto y Marisa Zuccolillo, de la AAJ Rama Argentina, la participación en las sesiones desarrolladas durante el evento.
Como órgano global de formulación de políticas, la CSW es una comisión operativa del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) que trata sobre la igualdad de género y al adelanto de las mujeres.
Las áreas focales clave de la Comisión 2011 incluyeron como tema prioritario “Acceso y participación de las mujeres y las niñas en la educación, la capacitación, la ciencia y la tecnología incluyendo la promoción del acceso de la mujer en condiciones de equidad al pleno empleo y al trabajo decente”
Como tema de revisión, la eliminación de todas las formas de discriminación y violencia contra la niña, y por último el tema emergente fue la igualdad de género y desarrollo sostenible.
Se puntualizó en la necesidad de orientar la educación, sobre todo la terciaria, hacia áreas no tradicionales tales como las ciencias y la tecnología con el compromiso de garantizar el acceso al trabajo digno en dichas especialidades. Esto implica una revisión en los estereotipos de género que han llevado a la segregación laboral, también en la especificidad científica. Para ello se consideró importante el aporte conjunto del sector público y del privado.
Durante la sesión hubo diversas actividades como diálogos, discusiones generales, paneles interactivos, y eventos paralelos a cargo de distintas Asociaciones y ONGs. Se evaluó el progreso en materia de igualdad de género, identificando desafíos, fijando principios globales y formulando políticas concretas para promover la igualdad de género y el adelanto de las mujeres en todo el mundo.
La UNESCO y la OIT
En el evento paralelo llevado a cabo en forma conjunta por la UNESCO y la OIT, se resaltó la importancia de la educación dirigida al empoderamiento de la Mujer en nuevas áreas de conocimiento, con el compromiso de obtener un trabajo decente a posteriori. Si bien se aceptó el reto planteado, hubo una fuerte crítica hacia estas organizaciones al no contemplar la pobreza como factor predeterminante de todo proceso educativo.
Junto a la agenda principal se revisó, a través de los Informes expuestos por todos los países miembros, el estado actual de cumplimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación y violencia contra las niñas y las mujeres. Consecuentemente, emergió el análisis de la igualdad de género y desarrollo sostenible.
Región Latinoamericana y del Caribe
Para la región latinoamericana y el Caribe hubo dos hechos importantes: El primero fue la presentación oficial de ONU Mujeres y el segundo el documento final presentado por las organizaciones no gubernamentales de la región.
ONU Mujeres
El 24 de febrero Naciones Unidas inauguró oficialmente su nueva entidad “ONU Mujeres” en un evento en la Asamblea General y en el que la AAJ estuvo presente. La dependencia fue creada el pasado 2 de julio tras años de negociaciones entre los Estados miembros y el movimiento global de mujeres para fortalecer y unificar el trabajo de Naciones Unidas en ese campo. Fusiona cuatro oficinas de la ONU que se dedicaban al tema de la igualdad entre los géneros, entre ellas UNIFEM. Su directora ejecutiva es Michelle Bachelet, ex presidenta de Chile.
¿Qué se supone significa ONU MUJERES?
Que los cambios comienzan por casa. La perspectiva de género (concepto acuñado en la Plataforma de Acción de Beijing de 1995), se introdujo definitivamente en la Organización de Naciones Unidas, al fusionar, en julio de 2010, esas cuatro organismos que eran: la División para el Adelanto de la Mujer, el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitación para la Promoción de la Mujer, la Oficina del Asesor Especial en cuestiones de género y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer. Este nuevo organismo, que comenzó a operar en enero de 2011, tiene por objetivo lograr la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer.
Dentro de la Estructura de Naciones Unidas se reubicó en las nuevas funciones al personal de los 4 organismos y se está monitoreando si se cumple la igualdad de género en todos los niveles de trabajo.
Fuera de la Organización, la misión fundamental es implementar los estándares internacionales en las áreas locales de los países miembros. Para ello hay un fuerte compromiso de asesorarlos en los temas técnicos y de apoyo financiero. Por supuesto que las organizaciones civiles cumplen un rol importante para lograr dichos objetivos. La Directora Ejecutiva, Michelle Bachelet, informó que se están realizando rondas de presentación y a su vez tendientes a establecer lazos con los países que se visitan. Invitó a lograr las cinco prioridades temáticas que se han propuesto, a saber:
1. Trabajar para disminuir la brecha de liderazgo, a través de la participación de las mujeres en cargos relevantes.
2. Establecer mecanismos y hacer cumplir la normativa para eliminar la violencia contra las mujeres, tanto doméstica como institucional.
3. Garantizar los derechos y la seguridad económica de las mujeres.
4. Que los gobiernos fijen en la agenda pública lograr la igualdad de género, para ello se deberán generar estadísticas y destinar presupuesto que lo facilite.
5. Implementar “la agenda de paz y seguridad de las mujeres” con una mayor participación en la resolución de los conflictos y los procesos de paz.
Declaración del Caucus de América Latina y el Caribe
Un hecho destacable para la región latinoamericana y el Caribe , fue el documento elaborado por las NGO que la conforman. La Asociación Americana de Juristas, representada por su delegada Silvia Contrafatto, fue miembro de la Comisión que se creó para corregir el borrador elaborado en el Caucus.
Tuvo lugar el 1 de marzo en el marco del desarrollo del Panel Interactivo # 5 “La eliminación de la mortalidad materna prevenible y la morbilidad, y el empoderamiento de las mujeres". En el documento se enfatizó lo siguiente:
1. Con una visión solidaria de los desastres naturales ocurridos en la región se exigió la atención a las necesidades y derechos de las mujeres y niñas en los campamentos en Haití, México y Brasil, debiendo reconocer que las mujeres y niñas desplazadas son partes claves en la reconstrucción post catástrofes.
2. En cumplimiento a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, los gobiernos de la región latinoamericana y el Caribe se han comprometido a bajar la tasa de mortalidad de mujeres y niñas a fin de garantizar la igualdad. El informe que deberán presentar en el 2015 visibilizará los esfuerzos que se han puesto en marcha.
3. Se observan los graves retrocesos que se presentan en los planes educativos en materia de derechos sexuales, reproductivos y maternidad segura. No hay transparencia de datos estadísticos que permitan ver la morbilidad y mortalidad materna en los tres momentos importantes como son el embarazo, parto y puerperio de mujeres adolescentes.
4. Una denuncia constante es la impunidad frente a la escalada de formas de violencia de género domestica, ésta quizás la más visible, pero poco se habla de la violencia de género institucional y el escaso rol protagónico de la mujer en los ámbitos de decisión.
5. Se alertó sobre el crecimiento de las organizaciones criminales dedicadas a la trata de mujeres y niñas .La violencia sexual no sólo en espacios de paz sino en el contexto de conflictos armados y desastres naturales. Frente a este último escenario, es imperativo por parte de los Estados cumplir con la aplicación plena de las resoluciones 1325 y 1820 con recursos económicos y humanos suficientes y la 1960 del pasado año que castiga la violencia sexual como táctica en conflictos armados.
6. Finalmente hubo consenso unánime en que, el fortalecimiento de las democracias en la región, el rechazo de gobiernos dictatoriales, la independencia de poderes y la vigencia de los Derechos Humanos, permitirán el avance de las mujeres y niñas en la igualdad de oportunidades.
Participación escrita de la AAJ
La AAJ, tuvo su participación escrita en los paneles de Discusiones Generales la cual fuera entregada al Bureau de la CSW55. El documento fue escrito por Marisa Zuccolillo, que a continuación se transcribe:
Alcanzar la igualdad de género y la participación responsable de los hombres para lograr el acceso a la educación y el acceso equitativo al pleno empleo. Es este un tema que se relaciona directamente con el Objetivo Estratégico B.3 de la Plataforma de Acción de Beijing relativo a “Aumentar el acceso de las mujeres a la formación profesional, la ciencia y la tecnología y la educación permanente”.
Y, “por cuanto la educación es la llave hacia el crecimiento económico y cambio social, resulta imprescindible alcanzar la equidad de género. Incorporar la perspectiva de las mujeres completará la mirada sobre el mundo y en consecuencia las posibilidades de hacer lo mejor para toda la humanidad.
Para ello debemos avanzar en estrategias dirigidas a motivar mayor compatibilización entre la vida laboral y la familiar y doméstica, estimular un mayor involucramiento de los hombres en los roles y responsabilidades del ámbito reproductivo.
La estructura social no cambiará, si dentro de nuestras familias o de los círculos donde nos movemos de forma diaria y donde podemos influir, no propiciamos la equidad de género. El ámbito doméstico y las cargas reproductivas son las más difíciles de democratizar con los hombres, allí debemos poner nuestro énfasis”, remarcó la Red de Mujeres Latinoamericana y del Caribe en Gestión de Organizaciones.
La empresa familiar tiene que modificarse. Aunque una buena parte de los hombres rompen con la estampa del macho y participan en la crianza, sólo se involucran en las tareas que les gustan, y poco en el trabajo doméstico, éste no les agrada, ahora pregunto ¿a quién sí?
Si bien es cierto que ellos tienen que luchar con los prejuicios sociales y los propios - en muchas ocasiones resultan sospechosos a la mirada ajena de abandonar sus “verdaderas” obligaciones- no es menos cierto que estos cambios en el tejido social han llevado a repensar los roles de la pareja.
La mujer ha hecho esfuerzos para incrementar sus conocimientos y capacidades a través del tiempo, eliminando todos los contratiempos que se le puedan presentar en el camino, a pesar de que también cumple su rol familiar. El sacrificio es doble.
Muchas personas de ambos sexos todavía se sienten incómodos con la inversión directa de los roles. Ahora, las mujeres deben adaptarse a compartir o asumir por completo la carga que los hombres han llevado desde el principio, la responsabilidad de sostener los gastos de una familia, renunciar a su valioso tiempo con sus hijos, pero a menudo también la intimidad e incluso cargar con la reputación de malas madres.
Se debe aspirar a formar familias democráticas, que se dividan las tareas del hogar a partir del diálogo, y de esta forma se tomen todas las decisiones que implican el bienestar de la misma.
Hay un puente entre este hoy y el mañana que todos anhelamos, tiene nombre, se llama educación, educación en equidad de género. Pero una cosa es la retórica de la educación y otra los sacrificios que implica lanzar un proyecto educativo y sostenerlo en el tiempo.
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer
La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer reafirmó la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, los documentos finales del vigésimo tercer período extraordinario de Sesiones de la Asamblea General y las declaraciones aprobadas por la Comisión con ocasión de los aniversarios décimo y decimoquinto de la Cuarta conferencia Mundial sobre la mujer.
Evento paralelo organizado por la Internacional de Mujeres Socialistas
Párrafo especial merece el evento paralelo organizado por la Internacional de Mujeres Socialistas que expusieron sobre el rol de la mujer frente a la crisis financiera global. Sin duda que se evidencia el fracaso del capitalismo. “Hay que insuflar de vida y aire limpio al ser humano” Una de las palabras claves en estos tiempos es la igualdad, corremos el riesgo que se tape con macroeconomía, la igualdad debe ser el eje Otro tema a rescatar es la alianza entre el pensamiento filosófico y el científico que nos permitirá avanzar, expresaba entre otros conceptos María Teresa Fernández de la Vega en dicho encuentro.
Conclusión
La próxima sesión de CSW tendrá lugar en la sede de Naciones Unidas en Nueva York desde el 27 de febrero al 9 de marzo de 2012. La sesión tendrá como tema central el empoderamiento de mujeres en áreas rurales.

martes, 19 de julio de 2011

Declaración de la Asociación Americana de Juristas sobre la situación en Libia


La Asociación Americana de Juristas (AAJ) reitera su declaración del 1 de marzo de 2011 donde:
a) nos pronunciamos contra cualquier intento de intervención militar en Libia por ser una amenaza a la paz y seguridad internacional;
b) reafirmamos los principios de igualdad soberana de los Estados y el derecho a la autodeterminación de los pueblos en virtud de los cuales es al pueblo libio a quien corresponde resolver su conflicto interno, sin intervención e injerencias extranjeras;
c) condenamos las violaciones de los derechos humanos en Libia e instamos a la investigación de las responsabilidades de su comisión, señalando que si se trata de delitos de lesa humanidad, éstos son imprescriptibles, y no pueden ser beneficiados con indulto o amnistía.
d) recordamos que de concretarse una intervención militar EEUU/OTAN “sería una violación flagrante a la Carta de las Naciones Unidas que prohíbe la intervención extranjera en los asuntos internos de un país, rechaza una acción militar unilateral, y sólo admite la acción militar colectiva por decisión del Consejo de Seguridad y bajo su dirección en los casos de amenaza a la paz y seguridad internacional y agotadas todas las vías de solución negociada y pacífica (Capítulo VII de la Carta)”.
La AAJ vuelve a llamar la atención de la comunidad internacional sobre la situación en Libia a la luz de la intervención de los EEUU y la OTAN y las órdenes de arresto y captura emitidas por la Corte Penal Internacional contra Gaddafi, su hijo Saif Al Islam y el Jefe de los Servicios de Inteligencia, Abdalá Al Senusi.
La AAJ afirma que la resolución de la Corte Penal Internacional (CPI) obstaculiza las posibilidades de una salida negociada al conflicto libio en la medida en que declaran al dirigente libio prófugo de la justicia internacional cuando aún se carece de pruebas concluyentes en torno a los hechos imputados y la responsabilidad de los acusados.
Además, al no permitir que se concluyeran las negociaciones entre los organismos intergubernamentales regionales como la Liga Árabe y la Unión Africana con el gobierno libio, se dificulta el camino a una solución pacífica y negociada, tal y como advirtió la Unión Africana (UA). La UA, compuesta por 31 Estados que también son Parte de la Corte Penal Internacional (CPI), se refería a la Resolución 1970 (2011), en la cual el Consejo de Seguridad refirió el caso de Libia a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI). Al emitir este referido de forma
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prematura el Consejo de Seguridad tampoco dio tiempo a que los embargos y demás sanciones autorizadas por las Resoluciones 1970 y 1973 surtieran efecto.
La Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad fue aprobada por unanimidad, aduciendo el deber de protección a los civiles, integridad del territorio y que se refiera el caso al CPI para investigación. Los Estados Miembros, solicitaron además la cooperación de los Estados Parte del Estatuto del CPI, puesto que reconocen que la CPI se enfrenta al problema de que Libia y otros países como Estados Unidos - miembro permanente del Consejo de Seguridad- tampoco son miembros del Estatuto del CPI.
Muchos de los Estados Miembros de la ONU han mostrado preocupación con la situación de conflicto en Libia, la pérdida de vidas y los bombardeos continuos realizados por la OTAN y la posibilidad que con el referido al CPI no se pueda tener jurisdicción ni se pueda completar el estándar de prueba de las violaciones graves y sistemáticas.
Como en todo conflicto armado, sea interno, internacional o mixto, la población civil en Libia no tiene por qué estar desprotegida, aunque dicho Estado no sea Parte de la CPI ni se suspenden los principios de jus cogens y los principios generales contenidos en los instrumentos de derechos humanos, ratificados por Libia como, por ejemplo, las Cuatro Convenciones de Ginebra y los Protocolos Adicionales, los cuales están incorporados al Estatuto del CPI.
Las Convenciones mencionadas y los principios generales aplican en todo su vigor en tiempos de paz y de conflicto armado. Por tanto, la AAJ hace un llamado a todas las partes a respetar y proteger las poblaciones civiles, a los voluntarios y al personal sanitario, los cuales también han sido objeto de intimidación y violencia de parte del gobierno libio. Según Human Rights Watch y el New York Times [12 de julio], en áreas bajo el control de los opositores a Gaddafi, se han perpetrado violaciones de derechos humanos, abusos y ejecuciones extrajudiciales.
La AAJ exhorta a las Naciones Unidas que, en vez de renunciar a su responsabilidad de velar por las amenazas y quebrantamientos de la paz en la región permitiendo la intervención de la OTAN, hagan las gestiones necesarias que lleven a un alto al fuego de forma inmediata. Debe, además, nombrar una comisión independiente para investigar el bombardeo por la OTAN del 19 de junio de 2011 en Trípoli, en el cual murieron civiles, y realizado en contravención a las obligaciones de las Convenciones de Ginebra que insta a abstenerse cuando hay duda del uso civil de un objetivo (art. 52(3), Protocolo I), dado el principio de no distinción. Asimismo, deben ser investigados todos los bombardeos indiscriminados y continuos perpetrados por la OTAN. La población civil ha sido víctima de los ataques de la OTAN desde el 19 de marzo de 2011, fecha en que la OTAN y EEUU comienzan ataques para implementar una “zona de exclusión aérea”, lo que de por sí conlleva a efectuar una acción militar.
Si se invoca la vía del juzgamiento ante la CPI debe hacerse de forma no parcializada, ya que es condenable que se exima a los Estados No Parte del Estatuto del CPI- según exención consignada en el Sexto Párrafo de la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad- por acciones u omisiones que sean producto de las operaciones en Libia establecidas o autorizadas
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por el Consejo, dejando en manos de dichos Estados No Parte su renuncia a la jurisdicción, aún en casos que pueden constituir crímenes de lesa humanidad.
Además, es totalmente contradictorio que por un lado los Estados Unidos exigen a otros países que se adhieran al Estatuto de Roma, y a su vez es Estados Unidos el país que se niega a someterse a la jurisdicción de la CPI. Nos parece que en el caso de Libia la CPI pierde credibilidad y pasa a ser un mero instrumento de los Estados Unidos, Francia y Gran Bretaña.
Asimismo, la Corte desconoce la obligación que tiene el Fiscal y los fiscales adjuntos de no participar en ningún asunto en que pueda ponerse en duda su imparcialidad (art. 43, num. 7)
¿Por qué procesar solo a Gaddafi y no formular cargos por crímenes de guerra y lesa humanidad contra George Bush y Donald Rumsfeld? El panorama libio se complica cuando organismos como la OTAN pretenden, para imponer las resoluciones del Consejo de Seguridad, actuar como gendarmes al mando de Estados Unidos, Gran Bretaña y Francia, que componen el Consejo y tienen poder de veto, lo que es totalmente anacrónico y anti-democrático. Surge entonces otra contradicción con el hecho que, por ejemplo, el Consejo de Seguridad ni la Asamblea General han implementado las resoluciones contra Israel y su ocupación ilegal de los territorios ocupados en 1967, incluyendo Jerusalén.
Por ello, la AAJ se pronuncia firme y enérgicamente contra la intervención militar en Libia y exige a los EEUU, las ex potencias colonialistas europeas y la OTAN cesar de inmediato su intervención imperial, que son un verdadero peligro a la paz y seguridad internacional; reafirma
los principios de igualdad soberana de los Estados y el derecho a la autodeterminación de los pueblos; reafirma que es al pueblo libio a quien corresponde decidir su futuro, sin intervención e injerencias extranjeras; y llama a que se elaboren los mecanismos para la resolución pacífica del conflicto libio y traer a la justicia a los responsables de las violaciones de los derechos humanos.


18 de julio de 2011

Vanessa Ramos
Presidenta AAJ Continental

Hernán Rivadeneira Játiva
Secretario General

jueves, 30 de junio de 2011

CASO SCHOKLENDER Y LA FUNDACION MADRES DE PLAZA DE MAYO

DECLARACION DE LA A.A.J. - RAMA ARGENTINA SOBRE EL CASO SCHOKLENDER Y LA FUNDACION MADRES DE PLAZA DE MAYO

La denuncia contra Sergio Schoklender por diversos delitos (lavado de dinero, defraudación, falsedad documental y asociación ilícita) es investigada por la Justicia Federal. A pesar del secreto del sumario, los medios de comunicación de mayor difusión y algunos políticos de oposición al actual gobierno, vienen construyendo hábilmente una caracterización del caso, destinada a menoscabar la imagen de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, y en especial de su máxima dirigente, Hebe de Bonafini, y al mismo tiempo quebrantar la política en materia de Derechos Humanos.

Para ello no vacilan en distorsionar información, denigrar a uno de los jueces imputándole sometimiento a los designios del Poder Ejecutivo, la rapidez de su actuación, o por el contrario la falta de adopción de determinadas medidas que a criterio de su editorialista serían indispensables, insinuando que resulta sospechoso el sorteo que realiza la Cámara para la asignación de las causas.

Se ha llegado incluso a cuestionar al Director del Departamento de Asociaciones Civiles y Fundaciones, Dr. Luis Maria Calcagno, por el solo hecho de tener un programa de música Rock, en la radio de las Madres, desatando una verdadera “casa de Brujas”, con todos aquellos que de una forma u otra se vinculen con la Asociación.

Considerando:

  1. que la historia de Hebe de Bonafini y de la Asociación Madres de Plaza de Mayo- más allá de sus diferencias, del pasado o del presente, con otros organismos de derechos humanos- son una garantía de honestidad, lucha y compromiso con la verdad, la memoria y la justicia.
  2. Que su profundo compromiso con los derechos humanos y su identificación con los socialmente desprotegidos y marginados, las impulsaron la iniciativa de la misión “Sueños Compartidos” consistente en la construcción de viviendas, por y para habitantes desocupados de las villas miseria en diversos lugares del país, dotadas de todos los servicios públicos indispensables, incluyendo escuelas y hospitales que incorporaron alrededor de 5000 trabajadores, y contribuyendo, entre otros beneficios, a la erradicación total o parcial de la droga en esos lugares. Esto jamás fue noticia
  3. que la misión “Sueños compartidos” forma parte de un vasto programa de construcción de viviendas populares, financiado por el Estado Nacional, que se realiza con intervención de provincias y municipios mediante convenios en los cuales los pagos se realizan previa certificación del avance de las obras, que corre a cargo de los municipios correspondientes, entre los que se encuentran los de Rosario y Tigre. El proyecto de urbanización del sector denominado Elefante Blanco”, en la villa 15, Ciudad Oculta, otorgado directamente a la Fundación Madres de Plaza de Mayo, en el marco de la misión “Sueños Compartidos”, fue objeto de dos convenios suscritos por el actual gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 13 de junio de 2008 y el 13 de abril de 2010. Es preciso además tener en cuenta que alrededor de otras 70 organizaciones sociales, reciben igualmente fondos del Estado Nacional con el mismo objeto.
  4. Que resulta manifiestamente malicioso presentar la cifra de $ 750 millones, recibidos por la Fundación para sus obras de miles de viviendas realizadas y en construcción, como si ese fuera el monto de una posible defraudación al Estado, al mismo tiempo que se afirma un costo excesivo de cada unidad de vivienda sin tener en cuenta el valor de los servicios de urbanización. Cabe señalar que nunca antes una posible defraudación al Estado había sido objeto de tapa de los principales medios por más de veinte días.
  5. que de acuerdo a la información existente, Schoklender y sus presuntos cómplices, habrían utilizado en su provecho importantes sumas de la Fundación, lo que ha motivado a la prestigiosa institución a constituirse como querellante en la causa.
  6. que esta campaña de desprestigio, destinada a desvalorizar la lucha del conjunto del movimiento de derechos humanos, se en el momento en que se desarrollan los juicios contra los responsables de los peores crímenes de la historia argentina, disminuyendo el impacto de las condenas, para evitar los que se deben realizar contra los responsables civiles y sus beneficiarios económicos.

Por todo ello,

la Asociación Argentina de Juristas, Rama Nacional de la Asociación Americana de Juristas, ONG con estatuto consultivo en las Naciones Unidas, al mismo tiempo que convoca al esclarecimiento pleno de las responsabilidades por la presunta defraudación, a la Fundación y eventualmente al Estado Nacional, sin dejarse engañar por las maniobras mediáticas divisionistas, reitera su solidaridad con la Asociación Madres de Plaza de Mayo, y su fecunda labor en la lucha contra la impunidad de los crímenes de lesa humanidad del terrorismo de estado, la Fundación que creó y sostiene la Universidad de las Madres y la misión “Sueños Compartidos", y afirma la necesidad de la continuidad de su obra.

Beinusz Szmukler - Presidente del Consejo Consultivo Continental

Ernesto Moreau - Presidente Rama Argentina

Carlos M. Vilas - Vice-presidente Rama Argentina

Claudia Rocca - Secretaria

María Cristina Hammermuller - Tesorera

Rosana Actis - Secretaria de Prensa

martes, 14 de junio de 2011

"LEY DE MEDIOS: situación actual"

El pasado miércoles 15 de junio de 2011 se llevó a cabo una Mesa - Debate sobre el tema "Ley de Medios: ¿Cual es la situación actual?" en la sede de la AABA, ubicada en Uruguay 485 de la Capital Federal, organizada por la AAJ y con el auspicio de la AABA. Fueron expositores

Julio Raffo, Abogado - Docente de la UBA - Vicepresidente II de la Legislatura de la Ciudad, Guillermo Goldstein, Abogado - Presidente de la Comisión de Derecho de la Comunicación de la AABA, Damián Loreti, Profesor en Ciencias de la Comunicación UBA / UNLP - Abogado – Doctor en Ciencias de la Comunicación, y Pablo Llonto - Abogado - Periodista. Coordinó la mesa la Dra. María Cristina Hammermüller.
Agradecemos a tod@s los presentes su participación en la actividad que desarrollamos.

lunes, 11 de abril de 2011


SITUACION DE DERECHOS HUMANOS EN HAITI

Presentación realizada por la A.A.J. Continental en Ginebra en el marco de las Sesiones 2011 del Consejo de Derechos Humanos de ONU.
Participación referida al Tema 4: "Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo".
Intervención Oral: Edurne Iriondo en representación de la AAJ.

La AAJ llama la atención del Consejo de Derechos Humanos sobre la situación en Haití.
La AAJ ha efectuado llamados a que no se militarizara la ayuda humanitaria a Haití, a respetar la soberanía del país, atender con urgencia la falta de alimentos, la salud, el desplazamiento interno y cancelar la deuda externa. Después del terremoto continúa una agudización del sufrimiento del pueblo haitiano y las agresiones sexuales a las mujeres.
Por otra parte y ante esta situación, llamamos al gobierno de los Estados Unidos a no deportar haitianos ya que Haití se encuentra en una crisis humanitaria.
Reiteramos que después del terremoto se han documentado numerosas irregularidades, que van desde el robo de niños, lo que fue denunciado por UNICEF, la aceleración de los procedimientos de adopción, y sacar del país, sin autorización, a niños y niñas haitianos. Todo ello viola la Convención de los Derechos del Niño, la Convención sobre Adopción Internacional y otros instrumentos.
El retorno de Jean Claude Duvalier, responsable de crímenes de lesa humanidad contra el pueblo haitiano, es sumamente perturbador. A pesar de los principios contenidos en los instrumentos de protección de los derechos de las víctimas de crímenes de lesa humanidad y de violaciones de los derechos humanos, las víctimas del régimen de los Duvalier no han obtenido ninguna reparación. Recordemos que los Estados tienen obligaciones no derogables cuando se trata de la impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos: (1) la satisfacción del derecho a la justicia; (2) el derecho a la verdad; (3) el derecho a la reparación integral; y (4) la adopción de reformas institucionales y otras garantías de no repetición. La AAJ reclama el enjuiciamiento de Duvalier por crímenes de lesa humanidad, imprescriptibles y no amnistiables; y llama a la comunidad internacional a cumplir con sus obligaciones con la Carta y los pactos de derechos humanos. La memoria, verdad y justicia son indispensables para construir el estado de derecho.
Muchas gracias.

martes, 1 de marzo de 2011

Declaraciones 2011 A.A.J. Continental

Declaración de la Asociación Americana de Juristas sobre la situación en Libia

La Asociación Americana de Juristas celebra las gestas populares que derrotaron los regímenes dictatoriales de Túnez y Egipto, al servicio del imperialismo y los intereses de las multinacionales, y que se han extendido a otros países árabes donde grupos diversos reclaman sus derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales. Esperamos que se constituyan gobiernos democráticos, seculares, y respetuosos de los derechos humanos y el estado de derecho.
En este sentido la AAJ condena la violación de los derechos humanos en Libia cualquiera sea su volumen, reclama su cese y la investigación de las responsabilidades de su comisión. Es sabido que si se trata de delitos de lesa humanidad, éstos son imprescriptibles, y no pueden ser beneficiados con indulto o amnistía. Esas violaciones, no pueden servir de pretexto para la intervención militar de los Estados Unidos y/o la OTAN para la ocupación territorial y la apropiación de los recursos petroleros libios. La posibilidad de una intervención militar es real; ya los Estados Unidos desplegaron unilateralmente, dos buques anfibios hacia las costas libias, uno de ellos con capacidad para desplazar hasta 2,000 marines y la Secretaria de Estado, Hillary Clinton afirmó que “todas las opciones están sobre la mesa.” La intervención es la verdadera razón de los Estados Unidos, y no la defensa de los derechos humanos. De concretarse, sería una violación flagrante a la Carta de las Naciones Unidas que prohíbe la intervención extranjera en los asuntos internos de un país, rechaza una acción militar unilateral, y sólo admite la acción militar colectiva por decisión del Consejo de Seguridad y bajo su dirección en los casos de amenaza a la paz y seguridad internacional y agotadas todas las vías de solución negociada y pacífica (Capítulo VII de la Carta).
Por ello nos pronunciamos firmemente contra cualquier intento de intervención militar en Libia, lo cual sí sería una amenaza a la paz y seguridad internacional, y llamamos a todas las organizaciones de juristas a pronunciarse en el mismo sentido. Reafirmamos los principios de igualdad soberana de los Estados y el derecho a la autodeterminación de los pueblos. Es el pueblo libio quien debe resolver su conflicto interno, sin intervención e injerencias extranjeras.

1 de marzo de 2011

Vanessa Ramos Hernán Rivadeneira
Presidenta AAJ Continental Secretario General


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Declaración de la Asociación Americana de Juristas en solidaridad con los trabajadores y trabajadoras de Wisconsin, EEUU

La Asociación Americana de Juristas expresa su firme apoyo a los trabajadores y trabajadoras del estado de Wisconsin contra la legislación antiobrera impulsada por el gobernador Scott Walker, quien pretende resolver el déficit presupuestario a costa de los empleados públicos y liquidar el derecho a la negociación colectiva y otros derechos laborales.
Asimismo, miles de trabajadores, trabajadoras, estudiantes y otros sectores de la sociedad civil en Wisconsin, y movimientos en solidaridad en todos los Estados Unidos, se han unido a los reclamos para poner fin a la ofensiva antiobrera e inhumana del gobernador Scott, perteneciente al partido Republicano y su ala ultraconservadora. Ya la Asamblea estatal, de mayoría republicana, aprobó la legislación y falta el voto en el Senado, donde los republicanos forman la mayoría, controlando 19 escaños y los demócratas 14, pero se necesitan 20 votos para aprobar proyectos presupuestarios. Para evitar la obtención de quórum los legisladores demócratas han abandonado el estado de Wisconsin y permanecen en el estado de Illinois. El apoyo solidario a los trabajadores de Wisconsin es crucial ya que, de ser derrotados, puede ser el primer paso para recortar o eliminar los derechos laborales en todos los Estados Unidos.
Por otra parte es muy significativo, y sin duda un hecho histórico, que la policía del Estado se negó a acatar la orden del gobernador de desalojar a los manifestantes que ocuparon pacíficamente el Capitolio y por el contrario se unió a los trabajadores.
La AAJ reitera su apoyo a la lucha por la defensa de los derechos laborales, especialmente el derecho a sindicalización y a la negociación colectiva.

28 de febrero de 2011

Vanessa Ramos Hernán Rivadeneira
Presidenta AAJ Continental Secretario General
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Declaración de la Asociación Americana de Juristas
reiterandosu apoyo al Ilustre Colegio de Abogados
de Puerto Rico y su distinguido
Presidente Osvaldo Toledo Martínez

La Asociación Americana de Juristas (AAJ), organización no gubernamental con estatuto consultivo en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, expresa su firme apoyo al llustre Colegio de Abogados de Puerto Rico y solidaridad con su presidente, el Dr. Osvaldo Toledo Martínez, distinguido miembro de la AAJ. El Dr. Toledo Martínez fue recientemente encarcelado por el juez José A. Fusté, de la Corte de Distrito Federal del gobierno de los Estados Unidos en Puerto Rico, por negarse a pagar una multa de $10,000 impuesta por violar la orden de mordaza en torno al pleito de clase iniciado por enemigos de la ilustre institución, que pretenden la devolución a todos los asociados del costo de un seguro de vida colectivo que los cubre desde hace años, y que no representó en ningún momento un incremento de la cuota colegial. El juez estableció un mecanismo perverso según el cual en lugar de requerir a cada asociado su voluntad de integrarse a la acción estableció que quienes no manifiesten expresamente que se oponen a ella quedan comprendidos en la misma. El Colegio desde su fundación en 1840, ha sido ejemplar en el servicio y protección a los juristas que representa, y especialmente a los sectores menos privilegiados y de pocos recursos. Asimismo, ha sido uno de los bastiones en la defensa del derecho del pueblo puertorriqueño a su autodeterminación conforme a la Declaración 1514(XV) de las Naciones Unidas, Magna Carta de la Descolonización, y elaborado mecanismos procesales aprobados por consenso de colegiados de todas las ideologías políticas en Puerto Rico para llevar a cabo la descolonización de Puerto Rico. El arresto del presidente, forma parte de una ofensiva contra el Colegio de Abogados por el gobierno anexionista del gobernador de Puerto Rico, Luis Fortuño, que comenzó con la abolición de la colegiación obligatoria por la vía legislativa.
Tal como manifestamos en nuestra declaración del 4 de marzo de 2009, cuando defendimos la colegiación obligatoria: “Nos consta que el Colegio de Abogados ha sido y es uno de los foros más importantes dentro de la sociedad civil puertorriqueña, para discutir asuntos importantes que le afectan, incluyendo la descolonización y el status político de Puerto Rico, de una manera analítica, respetuosa, seria y ponderada. Igualmente el Colegio de Abogados ha sido un baluarte en el reconocimiento y afirmación de los derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales de todos los puertorriqueños y puertorriqueñas. El Colegio de Abogados ha establecido un programa de servicios legales y ayuda social gratuita a indigentes y creado instituciones para llevar a cabo esa labor. Además, participa activamente en la Corporación de Servicios Legales de Puerto Rico y la Sociedad para la Asistencia Legal. El Colegio de Abogados ha sido consistente en exigir el libre ejercicio de la profesión de la abogacía, y que los abogados y abogadas puedan desempeñar su función sin intimidaciones, obstáculos o interferencias indebidas, fortaleciendo el gremio y la profesión. Asimismo, la ilustre institución ha velado por la separación de poderes y la independencia de la Rama Judicial.”
Por tanto, la Asociación Americana de Juristas reitera su más firme apoyo al Ilustre Colegio de Abogados de Puerto Rico y su presidente Osvaldo Toledo Martínez, reafirma el derecho a la defensa, efectiva protección y dignificación del ejercicio de la abogacía, así como la solidaridad con los juristas perseguidos, y convoca a los juristas de todo el Continente Americano movilizarse con el mismo objetivo.

A 15 de febrero de 2011


Vanessa Ramos Hernán Rivadeneira
Presidenta AAJ Continental Secretario General

Beinusz Szmukler
Presidente Consejo Consultivo de la AAJ

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Declaración de la Asociación Americana de Juristas (AAJ)
reiterando su apoyo a los estudiantes universitarios
en Puerto Rico y en repudio a la violencia perpetrada
por la Policía de Puerto Rico.

La Asociación Americana de Juristas, organización no gubernamental con estatuto consultivo en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, y en apoyo a las declaraciones de la AAJ Rama Puerto Rico expresa:
Desde el año pasado, con el comienzo de la protesta estudiantil contra la cuota impuesta por la administración de la Universidad de Puerto Rico, aún pública, han ocurrido actos condenables de violencia contra los manifestantes de parte de la Fuerza de Choque y la Policía de Puerto Rico, bajo el mando del Superintendente de dicha Fuerza, José Figueroa Sancha y del gobernador de Puerto Rico, Luis Fortuño. A pesar de la opinión pública el gobernador ha hecho caso omiso de los reclamos de varios grupos en la sociedad, reiteradamente tratando de “héroes”1 a los policías aún cuando se han hecho serias denuncias sobre los abusos contra los estudiantes,2 en especial, las jóvenes universitarias.
La AAJ llama la atención de los sucesos del 31 de enero de 2011,3 y de la semana del 7 al 10 de febrero de 2011, donde se incrementó la violencia estatal contra el movimiento estudiantil. La Fuerza de Choque y la Policía de Puerto Rico, que han permanecido ocupando el Recinto de Río Piedras de la Universidad, al efectuar los arrestos contra los estudiantes desobedientes civiles han recurrido a fuerza excesiva y desproporcionada. Utilizando tácticas de tortura similares a las utilizadas por las fuerzas policiales de Nueva York, se ha cortado la respiración, agarrado por el cuello y golpeado a estudiantes desarmados aún después de haberlos sometido a la obediencia, además de estar esposados y en el piso, sujetados por varios policías. Esta conducta ha sido más condenable aún, si se considera que a las estudiantes mujeres se les ha manoseado y agarrado las partes íntimas mientras están esposadas.4 Más aún, se utiliza el cuerpo de la mujer como campo de batalla ideológica, lo que ha sido condenado reiteradamente por tribunales internacionales.
La líder estudiantil Adriana Mulero fue tirada al piso de un macanazo en un muslo de espalda mientras corría. Luego, un policía le dice que "esta es la guapita que se queja de que le agarran [sus partes íntimas], y mientras le agarró el cabello y le gritó palabras soeces.
Al tratar de indagar dónde se había conducido a los estudiantes en el cuartel de Río Piedras el sargento a cargo sólo sabía que los habían trasladado a 4 Precintos de Policía distintos, incluso bastante lejos del lugar de los hechos y sin que los familiares ni sus abogados los pudieran localizar. Una de las madres de las estudiantes arrestadas fue a 3 cuarteles de la Policía distintos para entablar una querella contra los Policías, por los golpes recibidos a su hija, y la Policía no quiso tomar la querella. Los familiares de otra de las estudiantes agredidas que sufrió fracturas, desconocían su paradero y el hospital donde había sido trasladada varias horas después del incidente. La mayoría de las veces los policías tienen las placas tapadas en violación al reglamento.
La Administración de la Universidad y la Policía violan el derecho a la libre expresión así como también el de asociación, ya que los policías prohíben a los y las estudiantes entrar en lugares como los baños en grupos. Se ha informado de incidentes en que los policías pretenden entrar a los baños para impedir que entren más de 3 féminas para reunirse. Estos actos también constituyen violaciones crasas a los derechos de la mujer y los demás derechos fundamentales del ser humano mencionados.
Por tanto, la AAJ repudia los actos perpetrados por la Policía de Puerto Rico, reitera que se está atentando contra el derecho humano a la educación de ésta y futuras generaciones y exige a que el gobierno de Puerto Rico respete los derechos humanos de los estudiantes y desista de seguir fomentando un clima de tensión y violencia.

A 12 de febrero de 2011

Vanessa Ramos Hernán Rivadeneira
Presidenta AAJ Continental Secretario General

Aleida Centeno
Presidenta, AAJ Puerto Rico
Directiva de la AAJ Rama Puerto Rico


REF.:
1 Carmen Enid Acevedo, “Los héroes de Fortuño”, 12 de febrero de 2011, http://pesquisaboricua.com/author/pesquisaboricua/
2 Cynthia López Cabán y Daniel Rivera Vargas, “Policías custodian portones UPR”, 14 de mayo de 2010.
3 Cynthia López Cabán, “Piden suspensión del oficial que tocó indebidamente a la universitaria”, Periódico El Nuevo Día, 31 de enero de 2011.
4 Seccs. I, VIII y X de la Constitución de Puerto Rico prohíben los ataques a la dignidad (“la dignidad del ser humano es inviolable”, Secc. I), a la honra (Secc. VIII) y los registros tienen que ser razonables y “únicamente cuando exista causa probable” para un delito (Secc. X).
Otras estudiantes, quienes no han participado en las protestas, han denunciado también que han sido objeto de comentarios que ofenden su dignidad. Estos actos son constitutivos de hostigamiento y violencia contra la mujer.

5 El 9 de febrero, en horas de la mañana unos 28 estudiantes fueron golpeados por la Policía, por haber pintado las aceras y calles frente a la Biblioteca de la Universidad,6 un foro público tradicional de expresión. La administración universitaria ha querido restringir el derecho a la libre expresión, constitucionalmente garantizado por ambas Constituciones, la de Puerto Rico y la de los Estados Unidos, mediante reglamentos que no han sido aprobados por ninguna asamblea legislativa y que son demasiado amplios. Igualmente los derechos humanos a la libre expresión están garantizados por los instrumentos regionales7 e internacionales8 suscritos por los Estados Unidos de América.
5 Si bien EE. UU. no ha ratificado la Convención sobre el discrimen contra la mujer, suscribió la Plataforma de Beijing de 1995 y ha estado presente en subsiguientes Conferencias de la Mujer.
6 Los bibliotecarios también han denunciado que la administración universitaria pretende que se informe sobre los libros que leen los estudiantes; esto imitando disposiciones del Patriot Act que han sido cuestionadas en los EE. UU.
7 La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.
8 En el ámbito internacional el derecho a la información y libre expresión son derechos fundamentales garantizados por casi todas, sino todas, las constituciones del mundo. Sobre todo, son derechos humanos, inherentes al ser humano y no son derogables. El art. 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos dispone que, la libertad de opinión y expresión debe protegerse sin interferencias, debe garantizarse el derecho a recibir y a poseer la información, al libre flujo de ideas, sin excepción. La Declaración Universal sirvió para forjar la Constitución de Puerto Rico.
Los demás convenios básicos de derechos humanos, que obligan ya a todos los países del mundo por ser jus cogens, incluyen tales garantías, por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos- en su art. 19(2)- garantiza la libertad de buscar, poseer y difundir la información.


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LLAMADO DE LA ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS
A REVALUAR LA SITUACIÓN EN HAITÍ Y AL PROCESAMIENTO DE DUVALIER

La Asociación Americana de Juristas ha efectuado desde hace años reiterados llamados, a que no se militarizara la ayuda humanitaria a Haití, a respetar la soberanía del país y que aparte de atender con urgencia la falta de alimentos, de medios de subsistencia, la salud y los desplazamientos, se eliminara la deuda externa.1.
A través de la historia, Haití sufrió intervenciones de Francia y Estados Unidos y golpes de estado, como muchos de los países latinoamericanos y caribeños. Al terremoto del 12 de enero de 2010, que provocó más de 200.000 muertos y más de un millón de personas sin techo, lo continúa una agudización del sufrimiento del pueblo haitiano. Miles han muerto por la falta de alimentos, atención médica (por el cólera, entre otras), se perpetúan los desplazamientos internos y los países receptores de inmigración, especialmente Estados Unidos, expulsa a los haitianos. En lugar de asegurar las condiciones necesarias para la crianza de sus niños a las familias más necesitadas, se hacen adopciones internacionales que los sustraen de sus padres y de su país. La intervención del Comando Sur agravó la situación.
Mediante la Res. 1542 de 2004, el Consejo de Seguridad de la ONU creó MINUSTAH para lograr un desarme y la estabilidad de Haití a raíz del golpe contra el presidente Jean-Bertrand Aristide en el 2004. Las medidas no sólo han sido ineficaces sino que se han incumplido los objetivos y mandatos de MINUSTAH.2.
El retorno, facilitado por Francia, de Jean Claude Duvalier (Baby Doc), responsable de inmensos crímenes de lesa humanidad contra el pueblo haitiano, es indicativo de la política de las potencias responsables dominantes del país.
A pesar de los principios establecidos en los distintos instrumentos internacionales y regionales de protección de los derechos de las víctimas de crímenes de lesa humanidad y de violaciones de derechos humanos en general, ratificados .3. por Haití, las víctimas del régimen de los Duvalier no han obtenido ninguna reparación.
Luis Joinet, Relator Especial de la ONU en su informe final sobre “La cuestión de la impunidad de los autores de violaciones de los derechos humanos (civiles y políticos)” ha indicado que, los Estados tienen cuatro obligaciones no derogables: (1) la satisfacción del derecho a la justicia;4 (2) el derecho a la verdad;5 (3) el derecho a la reparación integral;6 (4) la adopción de reformas institucionales y otras garantías de no repetición.7 En el mismo sentido se han pronunciado la Profra. Diane Orentlicher en su actualización de ese informe, Theo Van Boven y Cherif Bassiouni.
Regionalmente, el caso de Haití fue examinado de forma continua con visitas in situ por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desde 1979. (Informe de la visita de la Comisión efectuada en 1987 e Informe de 1990-1991). En los mismos se denunciaba las violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos durante el régimen de Duvalier, quien abandonó el poder el 6 de febrero de 1986.
Basada en la Constitución Haitiana de 1987, las numerosas denuncias y las violaciones en aumento, la Comisión presentó nuevos informes.8 Desde entonces, Duvalier y sus “tonton macoutes” no han cesado de intentar volver al poder.
La ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS, al mismo tiempo que reclama el enjuiciamiento de Duvalier por sus crímenes de lesa humanidad, imprescriptibles e inamnistiables, llama a la
comunidad internacional a efectivizar la solidaridad indispensable con el pueblo haitiano para
asegurarle las condiciones mínimas de vida digna, como la obligan la Carta de la ONU y los pactos
internacionales de derechos humanos.

4 de febrero 2011




Vanessa Ramos Hernán Rivadeneira
Presidenta AAJ Continental Secretario General




REF.:
1 Intervención AAJ, 13era. Sesión del Consejo de Derechos Humanos, ONU- Ginebra, U.N. Doc. A/HRC/13/NGO/35; Declaraciones de la AAJ del 14 y del 20 de enero de 2010.
2 Según informes de organizaciones como Centro de Justiça Global de Río de Janeiro y de Harvard Law Students Advocates for Human Rights de marzo de 2005, se ha llamado la atención al fracaso de los objetivos para los cuales se creó MINUSTAH y las continuas violaciones de derechos humanos, incluso de la propia fuerza “estabilizadora”.
3 Entre los ratificados se encuentran, el Pacto Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Convenio contra el Genocidio, el Convenio sobre la abolición de la esclavitud, Convenio para la supresión del tráfico de personas, Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), la Convención sobre los Derechos del Niño, Convenios de la OIT núms. 29 (trabajo forzado), 105 (abolición del trabajo forzado), el 87 (libertad de asociación y derecho a organizarse), 98 (derecho a organizarse y a la negociación colectiva), el 100 (igual remuneración por igual trabajo de mujeres y hombres) y el 111 ((contra el discrimen en el empleo), la Convención sobre el estatus de los refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, el Convenio sobre los derechos políticos de la mujer, las Convenciones de Ginebra 1-IV, Convención Internacional contra el racismo, y el Convenio sobre la supresión y castigo del crimen de apartheid. Entre los regionales se encuentran: la Convención Americana de Derechos Humanos, Convenios sobre el asilo, el asilo político, el asilo diplomático, el asilo territorial y el Convenio interamericano sobre los derechos políticos de la mujer.
4 El derecho a la justicia puede definirse como la obligación de “investigar, juzgar y condenar a penas adecuadas a los responsables de graves violaciones de derechos humanos”. Resultan inadmisibles, por ende, las amnistías, indultos, términos prescriptivos y establecimiento de “excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables”. (Subr. ntro.) Id.
Esta exclusión de responsabilidad es, además, incompatible con los instrumentos internacionales y regionales ratificados por Haití. Por tanto, las leyes que tengan estos efectos y que impidan la reparación a las víctimas carecerían de efectos jurídicos. El deber del Estado de investigar las violaciones graves de DH debe ser pronta, imparcial y exhaustiva, según pronunciamientos de la Corte Interamericana en los casos de la Masacre de Mapiripán y Velázquez Rodríguez. Véase, la Sentencia, Masacre de Mapiripan c. Colombia y Velázquez Rodríguez, en Informe FIDH, pág. 7.
5 Este derecho comprende: (a) el derecho inalienable a la verdad, en virtud del cual cada pueblo tiene derecho de conocerla sobre los acontecimientos sucedidos, las circunstancias y los motivos que llevaron a la violación masiva y sistemática de los derechos humanos; (b) el deber de recordar, el cual implica el conocimiento de un pueblo de la historia de su opresión, la cual forma parte de su patrimonio y, por ello, debe ser conservada como política estatal; (c) el derecho de saber, independientemente de las acciones que puedan entablar ante la justicia las víctimas o sus familiares o allegados, quienes tienen el derecho imprescriptible de conocer la verdad acerca de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se cometieron las violaciones y, en caso de fallecimiento o desaparición, acerca de la suerte que corrió la víctima del daño. Véase, Joinet, pág. 9.
6 Es una norma consuetudinaria recogida en los instrumentos internacionales, entre éstos, los Principios para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad. En el Principio 33 de los formulados por Joinet, sobre los derechos y deberes y la obligación de reparar se indica que “toda violación de derechos humanos hace nacer un derecho a la reparación en [sic] favor de las víctimas, de sus parientes o compañeros que implica, por parte del Estado, el deber de reparar y la facultad de dirigirse contra el autor”. Id. Igualmente, en los Principios de Theo Van Boven, en su informe efectuado en 1993, se encuentran: el derecho a la reparación por violaciones de los derechos humanos cuyo propósito es aliviar el sufrimiento de las víctimas y hacer justicia mediante la eliminación o corrección de las consecuencias de los actos ilícitos y la adopción de las medidas preventivas y disuasivas. La reparación deberá ser proporcional a la gravedad de las violaciones y daños resultantes e incluir la restitución, rehabilitación, indemnización, satisfacción y garantía de no repetición. Esto fue confirmado por Joinet en su Principio 36. Véase, Joinet, págs. 9-10. Los principios de Van Boven y Joinet fueron, a su vez, incorporados por C. Bassiouni y por resoluciones posteriores de la Asamblea de la ONU. Por otro lado, en el sistema regional, la Corte Interamericana consideró en la Sentencia de la Comunidad Yakye Axa, y reiteró estos principios, indicando que, el Estado no puede incumplir estos principios “invocando disposiciones de su derecho interno”. Id., pág. 11. El art. 75 del Estatuto de Roma, se refiere al derecho de las víctimas mediante la restitución, indemnización y rehabilitación, siendo éstas definidas por la Corte en cada caso concreto. Id.
7 Entre las garantías de no repetición y prevención se destacan la reforma de leyes que permitan y contribuyan a la prevención de violaciones de los derechos humanos, entre otras. Id.